top of page

apoderado para grupos empresariales

  • Foto del escritor: camilo549
    camilo549
  • 12 mar
  • 2 Min. de lectura

El Servicio de Impuestos Internos emitió la Resolución Exenta N° 21, del 21 de Febrero del 2025, donde se establecen las instrucciones para el procedimiento de designación de apoderado para grupos empresariales de acuerdo con el N° 14 del artículo 8 del Código Tributario.


Al respecto se señala que el apoderado deberá mantener las comunicaciones y coordinación con el Servicio, a efectos de llevar a cabo las medidas de colaboración a las que se refiere el N° 18 del artículo 8 y el artículo 33 del Código Tributario, donde este último indica que, a fin de evitar el incumplimiento de las obligaciones tributarias, el Servicio podrá, con los antecedentes que obren en su poder, ejecutar medidas preventivas y de colaboración.


El apoderado cumplirá el rol de coordinar y gestionar las comunicaciones y actividades entre el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el grupo empresarial en el marco de las actividades de colaboración, tanto del artículo 33 como del N° 18 del artículo 8, facilitando el intercambio de información y la cooperación en temas como la transparencia fiscal, el cumplimiento cooperativo y la prevención de la evasión tributaria. Además, será responsable de mantener las comunicaciones, coordinar respuestas a solicitudes del Servicio y garantizar el cumplimiento de las medidas de colaboración; y podrá actuar como interlocutor principal en la implementación de acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE). 


El apoderado deberá ser persona natural, mayor de edad y tener residencia en Chile; se podrá designar más de un apoderado, dependiendo de la organización interna de la organización (para esto será obligatorio identificar las sociedades que dependen de cada apoderado, así como la razón de la segmentación); se deberá indicar un correo electrónico y teléfono de contacto. 


Cabe destacar que un grupo empresarial es un conjunto de empresas que están interconectadas por vínculos de propiedad o control, siendo jurídicamente independientes, pero desde el punto de vista económico son una única empresa, por lo que suelen estar compuestas por una empresa matriz o holding y sus filiales.


Para más información los invitamos a contactar a:





留言


© 2023 por Ekis.cl

  • Linkedin
bottom of page