TGR declara la prescripción de oficio de las acciones de cobro de deudas tributarias, emitidas o giradas hasta el 31 de diciembre de 2013
- camilo549
- 2 jul
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La Tesorería General de la República, mediante la Resolución Exenta N° 1.223-TG, declaró la prescripción de oficio de las acciones de cobro de deudas tributarias, que hayan sido emitidas o giradas hasta el 31 de diciembre de 2013.
Se consideran prescritas las deudas por tributos, multas, créditos fiscales y recargos legales anteriores al 1 de enero de 2014. La única excepción es el impuesto territorial.
Se debe considerar que estas deudas no tienen que estar actualmente en discusión ni que su origen esté vinculado a condenas por delitos tributarios y su cobranza se ejerce mediante el proceso de cobro ejecutivo de obligaciones tributarias de dinero.
Para todos los efectos legales, se ha fijado el 15 de abril de 2025 como la fecha en que estas deudas quedaron prescritas.
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